La Corte Suprema acogió un recurso presentado por la Asociación del Retail Financiero y determinó que las empresas del sector ya no estarán obligadas a utilizar los prefijos telefónicos 600 y 809 en llamadas de cobranza extrajudicial.
La medida fue impulsada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones para que los usuarios puedan identificar llamadas comerciales o potencialmente molestas.
Con este fallo, las empresas de retail podrán continuar realizando gestiones de cobranza desde números telefónicos comunes. Desde el sector argumentaron que estas comunicaciones están dirigidas a clientes específicos y no corresponden a llamadas masivas o spam.
La resolución del tribunal también podría abrir la puerta para que otras industrias soliciten quedar fuera de esta normativa, que buscaba transparentar el origen de llamadas comerciales o promocionales.